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Texto de la directiva

BPD - Biocidal Products Directive

Esta Directiva que regula la autorización y la puesta en el mercado de los productos biocidas y las materias activas de que están compuestos, se publicó el 14 de mayo de 1998 y entró en vigor el 14 de mayo de 2000.

Se denominan Biocidas a aquellas sustancias activas y preparados que contienen una o más sustancias activas, presentados en la forma en que son suministrados al usuario, destinados a destruir, contrarrestar, neutralizar, impedir la acción o ejercer el control de otro tipo sobre cualquier organismo nocivo por medios químicos o biológicos.

El objetivo de la directiva es:

- garantizar un algo grado de protección para las salud de las personas.
- minimizar los riesgos medio ambientales.
- armonizar a nivel de la UE los requisitos de autorización nacionales para los biocidas.
- conseguir el reconocimiento mutuo de productos autorizados.
- establecer una lista de materias activas que pueden utilizarse en los productos biocidas.

La Directiva utiliza el riesgo como base de evaluación y decisión sobre las materias activas - productos biocidas, Anexo I, por lo que la entrada ha de realizarse por tipo de producto. Lla Directiva define 23 tipos de productos, Anexo V, por ejemplo:

- Producto tipo 8: Protectores de la madera

Temas interesantes que incluye la Directiva:

A.- Definiciones:

- Materias activas:
- Productos biocidas.

B.- Procedimiento para la autorización

Esta Directiva, ha sido transpuesta a nuestro ordenamiento jurídico mediante el Real Decreto 1054/2002, de 11 de octubre, por el que se regula el proceso de evaluación para el registro, autorización y comercialización de biocidas.

Hasta ahora, en base a la legislacióón existente en España en esta materia (Real Decreto 3349/1983 y posteriores modificaciones, Real Decreto 162/1991 y Real Decreto 443/1994), solo se registraban algunos tipos de productos biocidas. Esta legislación seguirá siendo de aplicación durante el periodo transitorio de 10 años que establece la Directiva 98/8/CE (Real Decreto 1054/2002). Durante este periodo se ha establecido un procedimiento de revisión de las sustancias activas biocidas comercializadas con anterioridad a mayo de 2000. Esta revisión se llevara a cabo de acuerdo con los Reglamentos de la Comisión Europea (Reglamento (CE) Nº 1896/2000 y Reglamento (CE) nº 2032/2003).


Maderamen 350