LEGISLACIÓN



Documento de la directiva


Texto de la directiva

El RD 1088/2015 sobre "Comercialización de madera y sus productos" conjuntamente con la Ley de Montes 21/2015 indica que este tema, indicado con más detalle en los Reglamentos EUTR y FLEGT, lo controlarán las Comunidades Autonómicas.

Las empresa que importen productos de madera deberán cumplimentar el Anexo I incluido en la Ley de Montes.

Así mismo los comerciantes tendrán la obligación de asegurar durante un plazo de 5 años la trazabilidad de la cadena de suministro, es decir, deberán poder reconocer a los agentes o comerciantes que les hayan suministrado madera y, cuando proceda, a los comerciantes a los que hayan suministrado madera. 



Maderamen 350