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  • 22 de julio de 2010

    Ley de pago 85 días
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    La demora en el pago de las operaciones comerciales -entrega de mercancías o prestación de servicios- ha puesto en serio peligro la viabilidad económica de muchos proyectos empresariales, cuando no ha llevado directamente a la quiebra a alguna empresa. Con el fin de impedir que las distintas compañías se sigan asfixiando ante los impagos de sus clientes, se ha promulgado una nueva ley, la 15/2010, que modifica la Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. En este sentido, la Asociación Española del Comercio e Industria de la madera (AEIM) velará por el cumplimiento de lo dispuesto en la referida ley.


    Esta nueva ley, que entró en vigor el pasado 7 de julio, fija el plazo máximo para pagar una factura en 85 días. Esto será obligatorio hasta el 31 de diciembre de 2011. A partir de esa fecha se irán acortando los plazos.

    En concreto, para operaciones comerciales entre empresas, se establecen los siguientes plazos máximos de pago:

    Desde el 7 de julio de 2010 y hasta el 31 de diciembre de 2011: 85 días

    Desde el 1 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre: 75 días.

    A partir del 1 de enero de 2013: 60 días.

    Hay que tener en cuenta que el plazo debe contarse a partir de la entrega de bienes o de la prestación de servicios. Por su parte, los proveedores deberán enviar la factura o solicitud de pago equivalente antes de que se cumplan 30 días desde la recepción efectiva de las mercancías o de la prestación de servicios.


    También es importante destacar que la nueva ley decreta la nulidad de los pactos que contravengan los plazos de pago establecidos. En este sentido, aquellos clientes que hayan acordado periodos de pago superiores pueden exigir a sus clientes el pago en un plazo inferior a 85 días.


    Para Alberto Romero, secretario general de AEIM, “esperamos que este respaldo legal suponga un balón de oxígeno para muchas empresas, de muy diversos sectores, que se han visto obligadas casi al cierre de su actividad por los impagos de sus clientes. AEIM pondrá todos los medios a su alcance para que se cumpla lo exigido por esta ley e invita a todo el sector de la madera a que difunda esta información para que todos participemos de las mismas reglas de juego”.




Maderamen 350