La Dirección General de Política de la PYME, del Ministerio de Industria Turismo y Comercio, organiza una Jornada Informativa sobre Instrumentos de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa que tendrá lugar el 27 de enero de 2009 en el Salón de Actos del Ministerio (Paseo de la Castellana, 160), a partir de las 9h.
Se trata de una Jornada de contenido práctico, cuyo objetivo es mejorar el conocimiento y la utilización de los principales instrumentos y programas de apoyo diseñados para facilitar el acceso de las PYME a la financiación, así como para fomentar y estimular los factores clave que inciden en su competitividad.
La sesión de la mañana estará dedicada a los instrumentos de apoyo financiero a las PYME y la de tarde a los principales programas de apoyo de la Administración General del Estado.
Dirección General de Política de la PYME
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Tel 914 183 300
micyt_jornadapyme@origen-gc.com
El pasado 20 de enero se celebró un encuentro entre representantes de FCBA y AITIM para estudiar un posible acuerdo de colaboración para la creación de una nueva certificación o establecer un reconocimiento mutuo de sus respectivos sellos de calidad para aplicadores de productos protectores en obra contra agentes xilófagos.
El FCBA, antiguo CTBA, es un centro técnológico de gran prestigio en toda Europa, especialmente en este campo, que tiene su sede en Burdeos (Francia). Su sello de aplicación tiene un rodaje de casi 50 años y está además muy apoyado por legislación francesa en esta materia, principalmente por la Ley sobre termitas que desde 2008 dispone de su Decreto de aplicación y es, por lo tanto, obligatoria. En la actualidad goza de gran implantación en el país vecino puesto que lo disfrutan 130 empresas de las cerca de 800 empresas que operan en este sector. También hay cerca de 5000 técnicos especializados en el diagnóstico de daños xilófagos en la edificación. El sello AITIM correspondiente tiene una estructura similar al francés pero el sector en España es mucho menor, si bien se espera que crezca en un futuro inmediato.
A partir de este primer contacto, los técnicos de ambas intituciones, intercambiarán sus respectivos reglamentos y sistemas de control para arbitrar documentos de control comunes que posibiliten esta certificación conjunta.
Por parte de FCBA estuvieron presentes Natahalie Bergeret, responsable del Sello CTBA+ y Philippe Paquet Director de certificación del centro. Por parte de AITIM asistieron J. Enrique Peraza, Secretario General y Emilio Luengo responsable de este área dentro del Departamento Técnico de AITIM.
El profesor de la Universidad Europea de Madrid Fernando A. Tomé Bermejo se ha doctorado por la Universidad de Alcalá con la tesis "Estrategias empresariales en el mercado de madera para suelos durante el periodo 1994-2005".
Se trata de una tésis de teoría económica ya que su autor es director del Área de empresa perteneciente al Departamento de Economía de la Empresa de la UEM.
En la tésis se han estudiado fundamentalmente los mercados de la madera de Roble básico y selecto y la jatoba. Las variables analizadas en el estudio empírico han sido el deflactor de la madera para el sector de la construcción, los costes de la materia prima, los gastos de carburantes y publicidad. Se muestran los resultados empíricos para los dos Robles y la Jatoba para finalizar con el resumen y conclusiones.
Los valores del índice de Rothschild indican que en los dos mercados de suelo de Roble el producto líder tiene un poder de mercado unilateral sólido, mientras que los productores de parqué tienen un mercado positivo pero muy reducido. Los índices de Rothschild son bastante más elevados en el mercado de la Jatoba, en los que todos los productores parecen poder disfrutar de mayor poder de mercado unilateral.
fernando.tome@uem.es
Son frecuentes las dudas sobre las exigencias de resbaladicidad en suelos de madera de acuerdo al CTE. En primer lugar hay que verificar que se solicita esta certificación sobre alguno de los tipos señalados en el documento de seguridad frente al riesgo de caídas del CTE es decir uso hospitalario, docente, comercial o pública concurrencia. Conviene aclarar esto porque en muchos casos se piensa que se aplica también la edificación de vivienda particular.
Si nos encontramos en alguno de estos casos hay que mencionar que existe un dispositivo para realizar el ensayo sobre madera barnizada, porque el equipo es "genérico" para cualquier tipo de pavimento. Se trata de un procedimiento para medir la resbaladicidad ya muy antiguo, el "Péndulo Charpy", del que existen bastantes ya en España. El equipo, su manejo y su calibración están definidos en la norma de ensayo que establece el CTE, la UNE-ENV 12633. En particular AITIM recomienda hacer este ensayo con el laboratorio AIDICO (en Valencia) que tiene acreditado por ENAC tanto el equipo como la realización del ensayo, aparte de tener una gran experiencia en ensayos de resbaladicidad de todo tipo de pavimentos..
Lamentablemente hay poca información respecto a la madera. Este mismo laboratorio realizó en 2007 unas primeras experiencias sobre distintas maderas tropicales para entarimado de exterior en crudo (sin acabado) y los resultados fueron bastante positivos, en el sentido de que se alcanzaba en todos los casos la clase de resbaladicidad 3 que es la que exige el CTE por ejemplo para piscinas en exterior o zonas interiores de especial riesgo.
En el caso de una madera barnizada lo que influye en la resbaladicidad es por supuesto la rugosidad que pueda aportar el barniz (es de suponer que las distintas maderas de la base poco podrán influir).
En la actualidad no se dispone de datos del ensayo de resbaladicidad de maderas barnizadas y este es un trabajo que deberían acometer los fabricantes de barnices o los fabricantes de productos de madera barnizados y que a estas alturas deberían poder aportar a sus clientes.
Es posible que si el barniz no tiene unas prestaciones especiales anti resbaladicidad no alcance la clase 1 Hasta ahora se tienen datos sobre unos cuantos tipos de suelo laminados y los primeros ensayos de este producto no alcanzaron el umbral mínimo para la clase 1.
Gonzalo Medina
Recientemente se ha firmado en la notaría de Dª. María Dolores Torres, en el municipio madrileño de Meco, la primera hipoteca mobiliaria que se hace en España sobre una vivienda fabricada. El fabricante de la casa es American Building System, S.L. (ABS). La hipoteca ya ha sido registrada, lo que demuestra que esta vía es posible y factible.En plena crisis financiera, se ha producido la firma de la primera hipoteca mobiliaria sobre una casa fabricada, algo que se había intentado en anteriores ocasiones sin éxito, quizá por la reticencia o pereza que tienen las burocracias del mundo financiero y de las distintas administraciones públicas a facilitar nuevas fórmulas que favorezcan la vida empresarial.
Casas fabricadas
En España hace muchos años que se están prefabricando en España viviendas de madera, es decir, construyéndose en fábrica.
Las viviendas fabricadas tienen una serie de peculiaridades. Desde el punto de vista productivo deberían estar contempladas específicamente por las normativas para optimizar el efecto positivo de sus ventajas –opina Manuel Muelas Peña, Presidente de ABS-, facilitando así su presencia en el mercado y el desarrollo de las empresas que las fabrican. Pero la realidad no es así. A las viviendas prefabricadas se les aplican las mismas normas que a las de construcción convencional, tanto en el ámbito administrativo como financiero, etc., ignorando lo que las diferencia, neutralizando muchas de las ventajas que podrían disminuir el coste final para sus usuarios.
Una característica fundamental de estas casas es su condición jurídica de bienes muebles, lo que las distingue de las de construcción convencional, que son bienes inmuebles. Tienen esta condición porque esta casa se puede fabricar y transportarse hecha hasta donde deba ser instalada, y en un futuro, trasladarse de nuevo sin que por ello sufra deterioro ni merma de sus prestaciones. Al ser mueble es independiente del suelo que ocupa, que sí es un bien inmueble –insiste Manuel Muelas- y, aunque sólo fuese por eso, ya estaría justificado que hubiese una normativa específica que regulase su fabricación, el transporte, los requisitos urbanísticos necesarios para su instalación en las parcelas, la financiación de la propia casa de manera separada de la del suelo, etc.”
Hasta que no apareció el nuevo Código Técnico de la Edificación, las viviendas fabricadas no estaban específicamente reguladas, lo que les transmitía, aun cumpliendo las exigencias de las (NBE) Normas Básicas de la Edificación hasta entonces vigentes, un cierto carácter de clandestinidad.
Cómo hipotecar
En el campo de la financiación ocurre algo parecido. Para el comprador de una casa fabricada lo lógico sería que se financie el suelo con la hipoteca inmobiliaria y la casa fabricada con la hipoteca mobiliaria, lo que por respetar el carácter jurídico de cada uno de los bienes, permite actuar separadamente en la financiación de cada uno y en las sucesivas transacciones que puedan darse en el futuro con uno u otro.
El 14 de febrero de 2002, una Resolución de la Dirección General de Registros y del Notariado, vino a resolver el vacío legal existente y vino a normalizar en parte el marco legal necesario para el desarrollo de las viviendas fabricadas. Ahora sólo falta que el mundo financiero acepte en la práctica esta modalidad de financiación haciendo los pequeños ajustes que sean necesarios en los condicionados de las hipotecas convencionales para que unas y otras puedan complementarse y potenciarse.
Quizá no sea este momento de fuertes tensiones financieras el más adecuado para poner en práctica la hipoteca mobiliaria aplicada a las casas prefabricadas de madera, pero también es posible que ocurra lo contrario, dado el estrepitoso fracaso que han producido las financiaciones hipotecarias masivas de enormes promociones inmobiliarias, que se han demostrado enormemente peligrosas y sólo son válidas en condiciones de constante encarecimiento del mercado inmobiliario y abundancia de liquidez en el mercado financiero.
El siguiente objetivo es convencer al mundo municipal de la necesidad de unas normas que, garantizando el cumplimiento riguroso del ordenamiento urbanístico, y también las condiciones de habitabilidad de las viviendas, no encarezca ni dificulten su instalación en las parcelas por aplicarles unas normativas que fueron concebidas y dictadas para regular la construcción convencional.” Esperamos que también podamos alcanzar esta meta basándonos en las razones lógicas que justifican su necesidad y en las lecciones que estamos aprendiendo ahora sobre las consecuencias negativas que se producen a medio o largo plazo cuando se anda por caminos ilógicos –concluye el Presidente de American Building System-.”
casasdemadera@feim.org - www.casasdemadera.org
El 12 de enero de 2008 se reunió el Comité del Sello de Calidad AITIM para productos estructurales.
Al margen de los asuntos propios del Comité, que realiza fundamentalmente el seguimiento y control de las empresas con Sello de Calidad AiTiM, se analizó la reciente noticia del cierre, el pasado 30 de noviembre, de la piscina municipal de Sant Feliú de Llobregat (Barcelona) por el fallo de una de las vigas de la estructura de madera laminada de la cubierta. La noticia ha sido publicada en varios medios de comunicación catalanes y ha suscitado la natural alarma.
Las patologías y los siniestros en estructuras de acero, madera u hormigón, afortunadamente no son habituales, pero es frecuente que se produzcan en empresas que se encuentran al margen de control externo de calidad sobre sus fabricados.
El Comité ve con preocupación la existencia de empresas que ofrecen al mercado estructuras de madera laminada sin ninguna acreditación externa que demuestre el cumplimiento, como mínimo, de la normativa europea, EN 386 “Especificaciones y requisitos de fabricación” de estructuras de madera laminada.
Está en juego la imagen del sector y la de las empresas que sí se atienen a continuos y disciplinados controles externos de calidad sobre sus fabricados, práctica normal y habitual entre las empresas serias del sector en Europa.
A los prescriptores se les recuerda que es recomendable exigir certificaciones y acreditaciones externas de calidad sobre el cumplimiento, como mínimo, de la norma EN 386.
Se propone que se prescriba en las Memorias y Pliegos de condiciones de la Obra, la exigencia del Sello de Calidad AiTiM 15, del CTBA o del Otto Graff Institute, por citar algunos, para la fabricación de estructuras de madera laminada, que acredita entre otras exigencias, el cumplimiento la citada EN 386 evitando así cualquier sombra de sospecha respecto de la estructura de madera laminada.
El Comité está formado por una representación equilibrada de expertos de la Administración, colegios profesionales, centros técnicos y fabricantes.
En el ámbito financiero, el Acuerdo supone una prórroga del Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de junio de 2006 por el que se instrumentó una línea de financiación, a través del Instituto de Crédito Oficial, para el trienio 2006-2008 para los sectores textil, calzado, mueble y juguete, posteriormente ampliado a los sectores de curtido, marroquinería y madera.
Las modificaciones que se introducen en la ampliación de la línea para el período 2009-2011 se refieren a:
Del 18 al 25 de octubre de 2009, bajo el lema "Desarrollo Forestal, Equilibrio Vital", la Comunidad forestal internacional, tendrá su punto de encuentro en el XIII Congreso Forestal Mundial, que se llevará a cabo en el predio La Rural, de la Ciudad de Buenos Aires, Argentina. El Comité Organizador del XIII CFM 2009 anuncia que hasta el 31 de enerode 2009, se podrán recibir trabajos voluntarios y posters que aporten información sobre experiencias, modelos conceptuales e iniciativas novedosas y de interés.
http://www.cfm2009.org/
La Comisión Europea informa que el marcado obligatorio de suelos de madera regulado por la norma armonizada UNE-EN 14.342 “Suelos de madera. Características, evaluación de la conformidad y marcado” se retrasa hasta el 28 de febrero de 2010. Esta norma ha sufrido ligeras modificaciones que se comentarán en la próxima revista AITIM.
Como ya se ha comentado en diversos artículos de la revista AITIM los tipos de suelo afectados son el parquet mosaico, el lamparquet, la tarima y el parquet multicapa y los revestimientos de suelo rechapados de madera (1)
(1) los revestimientos de suelo rechapados de madera no deben confundirse con los que recoge la norma UNE EN 14.041, suelos resilientes (goma, PVC, linóleo), textiles y laminados.Por segunda vez se retrasa el marcado CE de ventanas según informa la Dirección General del Ministerio de Industria. La nueva fecha es febrero de 2010.
El motivo es triple: que no sea un libro excesivamente voluminoso, que se puedan adquirir sólo los temas de interés y finalmente sacar sólo los productos que estén totalmente acabados en su información (fundamentalmente los que ya tengan marcado CE operativo). De otra forma los contenidos tendrían que estar ser reformados en un plazo corto haciendo inoperante el libro.
Como novedad respectoa la primera edición se incluye la información sobre los temas legales y normativos obligatorios como son La DPC, el Marcado CE, la LOE, el CTE y Seguridad y Salud.
AENOR ha publicado en mayo de 2008 las siguientes nuevas normas competencia del CTN 56:
UNE-EN 14734 "Durabilidad de la madera y de los productos derivados de la madera. Determinación de la impregnabilidad de las especies de madera por productos protectores. Método de laboratorio"
Este Informe Técnico describe un método de laboratorio para determinar la impregnabilidad de la madera a fin de prever la reacción probable de diferentes especies de madera a la impregnación por productos protectores. Puede utilizarse también para evaluar las diferencias entre muestras de la misma especie y de diferente procedencia.
Esta norma aporta los medios para la determinación de la impregnabilidad de la albura o del duramen de diferentes especies de madera, con el fin de determinar su reacción probable frente a una impregnación con productos protectores. Tal evaluación aporta datos para utilizar en la Norma EN 351-1, que establece un sistema que permite especificar el tratamiento de la madera con productos protectores partiendo de la penetración y la retención de estos productos obtenidas por el procedimiento de tratamiento. La Norma EN 351-1 reconoce que las diversas especies de madera reaccionan de forma diferente al tratamiento según su capacidad de absorción de los productos de protección y requiere un nivel diferente de conformidad según la impregnabilidad de la especie correspondiente. Mientras que la Norma EN 350-2 incluye una clasificación subjetiva de la impregnabilidad de las diferentes especies de madera mediante un sistema de cuatro clases, el método descrito en este documento aporta los medios para determinar objetivamente la impregnabilidad.
Aunque el método descrito utiliza una solución acuosa como líquido de impregnación, los resultados pueden utilizarse como guía sobre la impregnabilidad de las muestras sometidas a los ensayos. Complementariamente, el método puede modificarse mediante otros tipos de productos protectores, por ejemplo solvente orgánico o preparaciones de emulsiones, si es preciso conocer la reacción de la madera frente a un producto protector determinado. No obstante se debería tener en cuenta que el método no considera las formulaciones de los productos protectores en las que las materias activas se absorben de forma selectiva por el sustrato madera, entrañando una penetración más profunda del solvente que de las materias activas.
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